Es de uso gratuito para las personas que quieran auto-incluirse en el mismo, para lo que pueden usar su página Web:
www.asnefproteccion.es.
Los Tutores que tenga bajo su cargo a personas tuteladas, podrán incluir en el fichero las identidades de éstos, para evitar así que puedan ser utilizadas por otras personas para cometer fraudes en la actividad económica y financiera.
Los tutelados pueden ser disminuidos psíquicos, mayores dependientes, menores de edad o cualquier otra situación de incapacidad legal.
La inclusión por tutela goza del máximo respeto a la intimidad de los tutelados en relación con su situación de incapacidad. El Fichero garantiza la adecuada confidencialidad de la causa de incapacidad legal, en la que se encuentren las personas incluidas en el fichero ASNEF PROTECCIÓN.
El Fichero está aprobado por la Agencia Española de Protección de Datos y está sometido a un Reglamento que ha sido autorizado por la AEPD como
Código Tipo.
Cuando una persona pierde o le roban su DNI o su Tarjeta de Residencia, está expuesta a que su identidad sea utilizada por terceras personas para cometer fraudes o para hacerla aparecer en negocios delictivos, lo que termina ocasionándole siempre muchos perjuicios.
Esta forma de operar de los delincuentes es conocida en el extranjero como
ROBO DE IDENTIDAD, que no es otra cosa que la usurpación de la identidad del verdadero titular por otra persona, con lo que evita esta última ser identificada cuando cometa fraudes u otros delitos.
Normalmente, los ciudadanos a los que se les roba la identidad, suelen enterarse de este hecho cuando son citados por la Policía o por los Juzgados porque ha habido alguna denuncia contra ellos, o porque cuando al realizar alguna operación crediticia, comprueban que ésta se les niega por la entidad financiera o por la empresa a la que acuden, por estar incluidos en algún fichero de morosidad.
Es por esta causa por la que conviene que los ciudadanos que se encuentren en riesgo, preserven su identidad mediante la auto-inclusión en el Fichero ASNEF PROTECCIÓN, puesto que de esta manera evitarán que las entidades financieras, las de telefonía y las de comercio electrónico usuarias del fichero, acepten contratos y operaciones crediticias con identidades suplantadas, porque durante el análisis de riesgos que están obligadas a realizar, saltarán alertas con las identidades auto-incluidas en el fichero, obligando a estas empresas a contactar con los verdaderos titulares de las identidades auto-incluidas para averiguar si los contratos o las operaciones que son objeto de estudio, fueron efectuados por los verdaderos titulares o por otras personas.